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Madeline Lee Bryer - New York, New York


DEMANDAS CIVILES POR DAñOS MONETARIOS

Bajo ciertas circunstacias un sobreviviente de un asalto sexual puede demandar al casero, al dueño del hotel, al empleador por crear negligentemente una situación en donde la violación o el asalto sexual ocurrio. Por ejemplo, un casero falló en asegurar apropiadamente un apartamento, escuela, oficina o parqueo. O un empleador o escuela falla en hacer un chequeo apropiadamente de los antecedentes del superintendente del edificio, portero, pintor, mudador o cualquier otra categoria de empleado. Estas demandas son de acciones civiles de negligenia por daños monetarios.

Las acciones negligentes deben ser empezadas dentro de un periodo de tiempo específico conocido como el estatuto de limitaciones. El estatuto de limitaciones depende si la persona o la parte que ha sido demandada es una municipalidad, un estado, o una entidad privada y si el sobreviviente es un menor de edad de 18 o una persona “ bajo una incapacidad”. Porque el estatuto de limitaciones varia de 1 año, de 90 días, de tres años y algunos requieren llenar una nota de reclamo dentro de los 90 días del asalto, el sobreviviente o la familia de la víctima deberia consultar un abogado lo más temprano posible.

Un sobreviviente puede demandar al autor por dinero por los daños. El estatuto de limitaciones es un año por estas “ torturas intencionales.” si el sobreviviente fue un menor en el tiempo del asalto, como es el caso de las mayorias de los incesto sobrevivientes , el primer año del estatuto de limitaciones empieza a correr cuando el sobreviviente se convierte en 18. Por favor note que el estatuto de limitaciones varia de estado en estado. Si un incesto sobreviviente fue asaltado en otro estado, el otro estado pueda que tenga un estatuto de limitaciones más largo o que el estatuto de limitaciones no empiece a correr hasta el día que se descubra el jurado. La mejor cosas que hacer, por consiguiente, es consultar a un abogado.

PRECAUCION: ESTA ES UNA NUEVA Y CAMBIANTE AREA DE LA LEY. CADA SOBREVIVIENTE INTERESADO EN LLEVAR UNA DEMANDA CIVIL DEBERIA CONSULTAR UN ABOGADO. UN ABOGADO DEBERIA SER CONSULTADO TAN PRONTO POSIBLE PARA OBTENER Y PRESERVAR EVIDENCIAS CRUCIALES.

MADELINE LEE BRYER, ESQ.

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